¿Qué es el Sistema Globalmente Armonizado y qué debe incluir?

Este sistema tiene como finalidad la clasificación, etiquetado e información de las sustancias químicas peligrosas y mezclas y homologar la información, puesto que una sustancia o mezcla tendrá los mismos riesgos en México como en cualquier parte del mundo.

Por esta razón es indispensable que todos los centros de trabajo cumplan con los requisitos establecidos en la NOM 018 STPS 2015, SISTEMA ARMONIZADO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y COMUNICACIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO, con la finalidad de prevenir accidentes en los trabajadores o en cualquier persona encargada de manipular sustancias químicas peligrosas.

Entre las obligaciones del patron encontramos los siguientes puntos: 

1.    Contar con el sistema armonizado de identificacion y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas y mezclas.

2.    Implmentar en el centro de trabajo, el sistema armonizado de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas y mezclas.

3.    Contar con las hojas de datos de seguridad de todas las sustancias químicas peligrosas y mezclas que se manejen en el centro de trabajo.

4.    Poner a disposición permanente de los trabajadores, para su consulta, las hojas de datos de seguridad en las áreas donde se manejen sustancias químicas peligrosas y mezclas.

5.    Señalizar los depositos, recipientes, anaqueles o áreas de almacenamiento que contengan sustancias químicas peligrosas y mezclas.

6.    Capacitar y adiestrar a los trabajadores del centro de trabajo que manejan sustancias químicas peligrorsas y mezclas, sobre el contenido de las hojas de datos de seguridad y de la señalización.

7.    Entregar a sus cliente las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas peligrosas y mezclas que comercialicen. 

¿Pero que debe incluir este sistema?

1.    El Listado actualizado de las sustancias químicas peligrosas y mezclas, que contenga al menos:

a)   Nombre de la sustancia química peligrosa o mezcla.

b)  El numero CAS para la sustancia y para las mezclas el número CAS de los componentes.

c)   La clasificación de sus peligros físicos y para la salud, específicos, relacionados con sus correspondientes divisiones o categorías.

2.    Las HDS de las sustancias químicas peligrosas y mezclas.

3.    Señalización o etiquetado.

a)    Conjunto de elementos escritos y gráficos, relativos a la información de una sustancia química peligrosa o mezcla, la cual puede estar marcada, impresa, pintada o adherida en el depósito, recipiente, anaquel o área de almacenamiento de dicha sustancia química.

4.    La capacitación y adiestramiento proporcionado a los trabajadores sobre el contenido de las HDS y de la señalización.

Dicha normativa entro en vigor el 9 de Octubre de 2018 y es indispensabe que todos los centros de trabajo se apeguen a la nueva reglamentación establecida en la normativa vigente a partir de esta fecha.

Si requieres de mayor información. ¡contáctanos!

*NOM.- Norma Oficial Mexicana.

*HDS.- Hoja de Datos de Seguridad.

*CAS.- Chemical Abstracts Service (identificación numérica única de compuestos químicos, polímeros, secuencias biológicas y mezclas).

Imagen de portada Shutterstock

Cesar GarciaComment